REGLAMENTO

El tipo de visitas que se pueden realizar son: a) de investigación, b) de docencia y c) de divulgación de la ciencia. 

  • Las personas responsables del grupo deberán presentar su solicitud y seguir el procedimiento general de estancias en Estaciones del INECOL http://normateca.inecol.edu.mx/normateca/documentos/0215.pdf y las indicaciones del apartado Reservaciones (ver abajo).

  • Por razones de seguridad, la entrada a la Estación deberá ser desde las 08:00 hasta las 16:00 horas. Fuera de este horario se deberá dar aviso previo a la Secretaría Técnica. Es necesario nos informe tanto de la hora de su llegada como de la de su salida.

  • El pago de la estancia por persona con pernocta le da derecho al uso de las instalaciones: cocina, estancia y recamara (asignada por el personal administrativo de la Estación). 

  • Investigadoras e investigadores, así como el estudiantado y el profesorado serán alojados en las áreas destinadas para ellos, y son asignadas por el personal administrativo de la Estación, de acuerdo con la disponibilidad de espacio. No se otorgan privilegios en el uso de las instalaciones.

  • La persona responsable del grupo deberá verificar que se acate lo correspondiente al uso de las instalaciones y de que no se efectúen fiestas o reuniones en las instalaciones; queda prohibido fumar, consumir bebidas embriagantes y/o estupefacientes dentro de las instalaciones de la Estación Biológica Piedra Herrada o ingresar bajo el efecto de ellas.

  • Al salir de las habitaciones la luz deberá apagarse y los equipos electrónicos deberán desconectarse

  • Dado que en la Estación no se cuenta con personal de limpieza, es necesario que dejen las instalaciones limpias.

  • Se recomienda ser cuidadosos con el uso del agua.

  • Aunque el INECOL no tiene ninguna responsabilidad, es recomendable avisar al personal administrativo de la Estación la hora de salida y estimación de la hora de regreso durante las salidas al campo.

  • Investigadoras, investigadores y el profesorado será el responsable de cuidar que las alumnas y los alumnos se comporten adecuadamente en los ambientes protegidos para evitar posibles situaciones de riesgo.

  • Está estrictamente prohibida la colecta (y captura) de ejemplares, especímenes y cualquier otro de material biológico en los terrenos de la Estación y en la Reserva de la Biosfera La Michilía sin permiso de colecta. Si requiere hacer colecta y/o captura del material biológico debe contar con el permiso de colecta vigente, expedido por la Dirección General de Vida Silvestre (DGVS) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT). No se considerarán autorizaciones (credenciales) de colector científico. 

Para más información visite la página: https://www.gob.mx/tramites/ficha/licencia-de-colecta-cientifica-con-propositos-de-ensenanza-en-materia-de-vida-silvestre/SEMARNAT442 

La Reserva de la Biósfera La MICHILÍA es un Área Natural Protegida (ANP) FEDERAL (https://www.gob.mx/conanp/documentos/areas-naturales-protegidas-278226?state=published) por lo que queda estrictamente prohibido realizar actividades que perturben a la vida silvestre y los procesos ecológicos, así como a la fauna resguardada y a cargo de la UMA Estación Biológica de Piedra Herrada, particularmente a los ejemplares de Lobo Mexicano. En el caso de requerir fotografías, videos y observaciones directas de estos animales, se deberá solicitar autorización a la persona titular de la Secretaría Técnica y a la persona responsable de la Unidad de Manejo.

Toda actividad deberá estar autorizada con el Aviso para realizar actividades en Áreas Naturales Protegidas https://www.gob.mx/conanp/acciones-y-programas/tramites-en-areas-naturales-protegidas-363702 

  • Una vez terminados los experimentos en el campo se deberán recoger absolutamente todos los materiales utilizados (incluyendo restos de cuerdas, mosquiteros, estacas, marcas, etc.), y comunicar a la Secretaría Técnica del INECOL la conclusión de la investigación.

  • En todos los informes, tesis o publicaciones que se generen de la investigación realizada, se le deberá dar el crédito correspondiente a la Estación y al INECOL.

  • Se deberá entregar una copia de los productos generados (artículos, tesis, informes, reportes) por cada uno de los estudios realizados a la Secretaría Técnica del INECOL.

  • Cualquier imprevisto deberá ser expuesto inmediatamente al personal administrativo de la Estación.

  • Toda violación a las presentes disposiciones será evaluada por el Comité de Estaciones del INECOL y estará sujetas a sanciones.

uso de equipo

Teléfono

  • El uso del teléfono está restringido al horario de la oficina y deberá sujetarse a la presencia del personal administrativo de la Estación.

  • Las llamadas de larga distancia sólo es posible realizarlas por cobrar.

  • Es factible recibir llamadas telefónicas breves, previo acuerdo del horario de la comunicación con el personal administrativo de la Estación.

Espacios

  • Durante su uso se deberá respetar los trabajos (experimentos o procesos) que se encuentren operando.

  • Al final del trabajo diario, se deberá recoger la basura, dejar limpias las áreas y acomodar los utensilios utilizados en sus lugares.

  • Es obligación de las personas usuarias mantener la integridad de las instalaciones que utilice durante su trabajo.

  • Cualquier imprevisto deberá ser expuesto inmediatamente al personal administrativo de la Estación.

  • El suministro eléctrico en la Estación Biológica Piedra Herrada se realiza a través de paneles solares, por lo que se sugiere que, si disponen de equipo delicado, lleven su propio regulador. También existe suministro eléctrico por medio de generador a base de gasolina, si requiere su uso, llevar el combustible necesario y solicitar al personal administrativo de la Estación poner en función el generador. El INECOL y la Estación Biológica Piedra Herrada no se hacen responsables de daños a equipos personales y ajenos a la institución por las interrupciones y descargas eléctricas imprevistas.

Vehículos

  • Las Estaciones NO ofrecen servicio de transporte ni disponibilidad de los vehículos. Los vehículos existentes son para uso exclusivo de la Estación y del personal del INECOL.

  • Sólo se podrá considerar el uso de un vehículo, cuando sea necesario mover equipo pesado dentro de la Estación. En este caso, el vehículo tendrá que ser conducido por el personal administrativo de la Estación y por la investigadora, el investigador o el profesorado que lo solicite tendrá que realizar el trámite correspondiente ante el departamento de vehículos y pagar el combustible utilizado. El servicio debe ser aprobado por la persona titular en funciones de la Secretaría Técnica y esto dependerá de la disponibilidad de los vehículos.  

  • Los daños a los vehículos deberán ser cubiertos en su totalidad por la investigadora, el investigador o persona responsable que haya solicitado el servicio.